Ley federal

Artículo 42 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 13-03-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 42. Luego que se suscite una cuestión de competencia, se suspenderá todo procedimiento con excepción del incidente de suspensión.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 42 de la Ley de Amparo establece que, cuando surge una cuestión de competencia, es decir, cuando hay dudas sobre qué autoridad debe conocer de un asunto, se detiene todo el procedimiento legal. Sin embargo, hay una excepción: se puede continuar con el incidente de suspensión.

Esto significa que, aunque se pare el proceso principal, se permite seguir tratando el tema de la suspensión, que es la medida que puede detener los efectos de un acto reclamado mientras se resuelve la cuestión de competencia.

  • Se suspende el procedimiento principal.
  • Se permite el incidente de suspensión.
  • Se busca aclarar quién tiene la competencia para conocer del caso.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 42 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

El artículo 42 de la Ley de Amparo establece que, cuando surge una cuestión de competencia, es decir, cuando hay dudas sobre qué autoridad debe conocer de un asunto, se detiene todo el procedimiento legal. Sin embargo, hay una excepción: se puede continuar con el incidente de…

¿Está vigente el artículo 42?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 13-03-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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