Ley federal

Artículo 70 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 13-03-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 70. El incidente de reposición de constancias de autos se tramitará a petición de parte o de oficio, en ambos casos, se certificará su preexistencia y falta posterior. Este incidente no será procedente si el expediente electrónico a que hace referencia el artículo 3o de esta Ley permanece sin alteración alguna, siendo únicamente necesario, en tal caso, que el órgano jurisdiccional realice la copia impresa y certificada de dicho expediente digital.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 70 de la Ley de Amparo se refiere al incidente de reposición de constancias de autos, que puede ser solicitado por las partes involucradas o por el propio órgano jurisdiccional. Este procedimiento implica verificar que ciertas constancias existían previamente y que han desaparecido posteriormente.

Sin embargo, este incidente no se puede llevar a cabo si el expediente electrónico, mencionado en el artículo 3 de la misma ley, no ha sufrido cambios. En ese caso, solo se requiere que el órgano jurisdiccional haga una copia impresa y certificada del expediente digital.

  • Se puede solicitar el incidente de reposición por las partes o de oficio.
  • Es necesario certificar la preexistencia y falta de constancias.
  • No procede si el expediente electrónico está intacto.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 70 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

El artículo 70 de la Ley de Amparo se refiere al incidente de reposición de constancias de autos, que puede ser solicitado por las partes involucradas o por el propio órgano jurisdiccional. Este procedimiento implica verificar que ciertas constancias existían previamente y que…

¿Está vigente el artículo 70?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 13-03-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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