Ley federal

Artículo 29 de Ley de Aviación Civil

Ley de Aviación Civil · Última reforma de referencia: 03-05-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 29. Las aeronaves para uso particular extranjeras pueden sobrevolar el espacio aéreo nacional y realizar aterrizajes y despegues en territorio mexicano, siempre que cuenten con la autorización de la Agencia Federal de Aviación Civil.

Párrafo reformado DOF 03-05-2023 (Ed. vesp., páginas 2 a 13). Publicado íntegro sin cambios DOF 03-05-2023 (Ed. vesp., páginas 17 a 62)

El primer aterrizaje de dichas aeronaves debe hacerse en un aeropuerto internacional, donde debe tramitarse la autorización correspondiente y cumplirse con los requisitos establecidos en las disposiciones técnico-administrativas aplicables.

Párrafo adicionado DOF 03-05-2023 (Ed. vesp., páginas 2 a 13). Reformado DOF 03-05-2023 (Ed. vesp., páginas 17 a 62)

Las personas propietarias o la tripulación de aeronaves para uso particular extranjeras deben acreditar ante la Agencia Federal de Aviación Civil, cuando se solicite, que cumplen con los requisitos técnicos sobre aeronavegabilidad y la licencia establecidos en el Estado de su matrícula.

Párrafo reformado DOF 03-05-2023 (Ed. vesp., páginas 2 a 13). Publicado íntegro sin cambios DOF 03-05-2023 (Ed. vesp., páginas 17 a 62)

Reforma DOF 03-05-2023 (Ed. vesp., páginas 2 a 13): Derogó del artículo los entonces párrafos segundo y tercero Artículo reformado DOF 28-12-2001

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 29 de Ley de Aviación Civil?

Las aeronaves para uso particular extranjeras pueden sobrevolar el espacio aéreo nacional y realizar aterrizajes y despegues en territorio mexicano, siempre que cuenten con la autorización de la Agencia Federal de…

¿Está vigente el artículo 29?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 03-05-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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