Artículo 190 de Ley de Concursos Mercantiles
Ley de Concursos Mercantiles · Última reforma de referencia: 11-05-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 190.- Dentro de un plazo de sesenta días contados a partir de la fecha en que el síndico tome posesión de la empresa del Comerciante, deberá entregar al juez:
I. Un dictamen sobre el estado de la contabilidad del Comerciante;
II. Un inventario de la empresa del Comerciante;
Fracción reformada DOF 10-01-2014 III. Un balance, a la fecha en que asuma la administración de la empresa, y Fracción reformada DOF 10-01-2014 IV. Un reporte detallado de la asistencia que hubiere recibido por parte del Comerciante en términos del artículo 184 de esta Ley.
Fracción adicionada DOF 10-01-2014 Estas obligaciones deberán cumplirse en los formatos que al efecto establezca el Instituto.
Una vez que reciba los documentos señalados en las fracciones anteriores, el juez deberá ponerlos a la vista de cualquier interesado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.