Artículo 191 de Ley de Concursos Mercantiles
Ley de Concursos Mercantiles · Última reforma de referencia: 11-05-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 191.- El inventario se hará mediante relación y descripción de todos los bienes muebles o inmuebles, títulosvalores de todas clases, géneros de comercio y derechos a favor del Comerciante.
El síndico entrará en posesión de los bienes y derechos que integran la Masa conforme se vaya practicando o verificando el inventario de los mismos. A estos efectos, su situación será la de un depositario judicial.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.