Artículo 47 de Ley de Concursos Mercantiles
Ley de Concursos Mercantiles · Última reforma de referencia: 11-05-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 47.- La sentencia producirá los efectos del arraigo del Comerciante y, tratándose de personas morales, de quien o quienes sean responsables de la administración, para el solo efecto de que no puedan separarse del lugar de su Domicilio sin dejar, mediante mandato general o especial con facultades para actos de dominio, actos de administración y para pleitos y cobranzas, apoderado suficientemente instruido y expensado. Cuando quien haya sido arraigado demuestre haber dado cumplimiento a lo anterior, el juez levantará el arraigo.
Párrafo reformado DOF 10-01-2014 Reforma DOF 10-01-2014: Derogó del artículo el entonces párrafo segundo (antes adicionado por DOF 27-12-2007)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.