Ley federal

Artículo 17 de Ley de Geotermia

Ley de Geotermia · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 17.- Las personas titulares de los Permisos de Exploración tienen los derechos siguientes:

I. Realizar obras y trabajos de Exploración dentro del área potencial para determinar la existencia del Recurso Geotérmico y delimitar el Área Geotérmica que ampare el Permiso;

II. Realizar las actividades señaladas en la fracción anterior únicamente en la forma, términos y para los fines que señale el Permiso correspondiente;

III. Desistirse del Permiso de Exploración y de los derechos que de él deriven;

IV. Solicitar correcciones administrativas o duplicados de su Permiso;

V. Obtener, por única vez, la prórroga del Permiso, y VI. Los demás que de manera expresa señale el Permiso de Exploración o se encuentren regulados por la presente Ley o su Reglamento.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 17 de Ley de Geotermia?

Las personas titulares de los Permisos de Exploración tienen los derechos siguientes: I. Realizar obras y trabajos de Exploración dentro del área potencial para determinar la existencia del Recurso Geotérmico y…

¿Está vigente el artículo 17?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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