Ley federal

Artículo 24 de Ley de Geotermia

Ley de Geotermia · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 24.- Las Concesiones confieren derecho a:

I. Realizar obras y trabajos de Exploración y Explotación dentro del Área Geotérmica que amparen;

II. Disponer del Recurso Geotérmico que se obtenga para la generación de energía eléctrica y, en su caso, destinarla a Usos Diversos que resulten aplicables;

III. Realizar las actividades a que se refieren las dos fracciones anteriores, únicamente en la forma, términos y para los fines que señale dicho título;

IV. Aprovechar las Aguas Geotérmicas provenientes de la Explotación del Área Geotérmica, en los términos y condiciones establecidos en el título de Concesión y conforme a lo dispuesto en esta Ley y su Reglamento;

V. Reducir la superficie del Área Geotérmica que ampare el título correspondiente, o bien, unificar esa superficie con otras de Concesiones colindantes, según sea el caso, previo acuerdo entre los Concesionarios y autorización de la Secretaría;

VI. Ceder los derechos contenidos en el título de Concesión, previa autorización de la Secretaría;

VII. Renuncia de Concesión y de los derechos que de ella deriven;

VIII. Solicitar correcciones administrativas y duplicados de sus títulos, y IX. Obtener, en caso de ser procedente a juicio de la Secretaría, la prórroga de la Concesión.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 24 de Ley de Geotermia?

Las Concesiones confieren derecho a: I. Realizar obras y trabajos de Exploración y Explotación dentro del Área Geotérmica que amparen; II. Disponer del Recurso Geotérmico que se obtenga para la generación de energía…

¿Está vigente el artículo 24?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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