Artículo 3 de Ley de Geotermia
Ley de Geotermia · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 3.- La aplicación e interpretación de esta Ley, para efectos administrativos, corresponde a la Secretaría.
El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría debe emitir las disposiciones de carácter general que sean necesarias para la aplicación de lo dispuesto en esta Ley y su Reglamento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.