Ley federal

Artículo 36 de Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas

Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas · Última reforma de referencia: 24-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 36.- Las autorizaciones para organizarse, operar y funcionar como Institución de Fianzas, se referirán a uno o más de los siguientes ramos y subramos de fianzas:

I. Fianzas de fidelidad, en alguno o algunos de los subramos siguientes:

a) Individuales, y b) Colectivas;

II. Fianzas judiciales, en alguno o algunos de los subramos siguientes:

a) Judiciales penales;

b) Judiciales no penales, y c) Judiciales que amparen a los conductores de vehículos automotores;

III. Fianzas administrativas, en alguno o algunos de los subramos siguientes:

a) De obra;

b) De proveeduría;

c) Fiscales;

d) De arrendamiento, y e) Otras fianzas administrativas;

IV. Fianzas de crédito, en alguno o algunos de los subramos siguientes:

a) De suministro;

b) De compraventa, y c) Otras fianzas de crédito, y V. Fideicomisos de garantía, en alguno o algunos de los subramos siguientes:

a) Relacionados con pólizas de fianza, y b) Sin relación con pólizas de fianza.

La operación de las fianzas de crédito a que se refiere la fracción IV de este artículo, estará sujeta a las disposiciones de carácter general que emita la Comisión, con acuerdo de su Junta de Gobierno.

Las Instituciones de Fianzas podrán realizar el reafianzamiento respecto de los ramos y subramos comprendidos en su autorización, con excepción de los previstos en la fracción V de este artículo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 36 de Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas?

Las autorizaciones para organizarse, operar y funcionar como Institución de Fianzas, se referirán a uno o más de los siguientes ramos y subramos de fianzas: I. Fianzas de fidelidad, en alguno o algunos de los subramos…

¿Está vigente el artículo 36?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 24-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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