Artículo 110 de Ley de la Comisión Federal de Electricidad
Ley de la Comisión Federal de Electricidad · Última reforma de referencia: 11-05-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 110.- Corresponde al Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad aprobar, a propuesta de su Director General, las características generales y políticas para la contratación de obligaciones constitutivas de deuda pública, directas y contingentes, a cargo de la empresa y sus empresas productivas subsidiarias.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.