Ley federal

Artículo 22 de Ley de la Comisión Nacional de Energía

Ley de la Comisión Nacional de Energía · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 22. Durante el tiempo de su encargo, las personas expertas técnicas sólo pueden ser removidas por alguna de las causas siguientes:

I. Haber perdido o suspendido sus derechos ciudadanos;

II. Ser sentenciada por la comisión de algún delito doloso;

III. Haber sido declarada en estado de interdicción;

IV. Incumplir alguna de las obligaciones a que se refieren las fracciones IX, X y XIII, del artículo 7, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, cuando dicho incumplimiento se determine por resolución definitiva;

V. No asistir a tres o más de tres sesiones ordinarias o extraordinarias del Comité Técnico al año, sin motivo o causa justificada;

VI. Desempeñar cualquier otro tipo de empleo, trabajo, cargo o comisión públicos o privados no permitidos, salvo las actividades académicas;

VII. Aprovechar o explotar la información a la que tengan acceso en virtud de su encargo, en beneficio propio o de terceras personas;

VIII. Usar, sustraer, destruir, ocultar, inutilizar, divulgar, transferir o alterar, total o parcialmente y de manera indebida, información que se encuentre bajo su custodia, a la cual tenga acceso o conocimientos con motivo de su encargo, y IX. Emitir su voto mediante conflicto de interés o incumplir con lo dispuesto en el artículo 21 de la presente Ley.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 22 de Ley de la Comisión Nacional de Energía?

Durante el tiempo de su encargo, las personas expertas técnicas sólo pueden ser removidas por alguna de las causas siguientes: I. Haber perdido o suspendido sus derechos ciudadanos; II. Ser sentenciada por la comisión…

¿Está vigente el artículo 22?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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