Artículo 101 de Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 101.- El Consejo de Administración debe emitir un Código de Ética con perspectiva de género y sostenibilidad, aplicable a las personas servidoras públicas de la Comisión Federal de Electricidad y sus empresas filiales, en el que se deben establecer los principios y directrices de ética corporativa que les sean aplicables. El propio Consejo debe determinar las instancias responsables de supervisar su cumplimiento y de imponer las medidas disciplinarias que al efecto determine.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.