Artículo 125 de Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 125.- En el cumplimiento de las obligaciones de difusión de información previstas en la presente Ley y demás disposiciones aplicables en materia de transparencia y acceso a la información, la Comisión Federal de Electricidad debe procurar que los informes y reportes sean claros, sencillos, precisos, confiables y actualizados.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.