Artículo 66 de Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 66.- Las Secretarías de Energía y de Hacienda y Crédito Público pueden contar con personas consejeras designadas por las mismas en los consejos de administración de las empresas filiales de participación directa de la Comisión Federal de Electricidad, previa aprobación del Consejo de Administración de esta última.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.