Ley federal

Artículo 8 de Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 8.- La Comisión Federal de Electricidad presta de manera directa el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica. Asimismo, puede llevar a cabo las actividades siguientes:

I. La generación y comercialización de energía eléctrica y productos asociados, incluyendo la importación y exportación de éstos, de acuerdo con la Ley del Sector Eléctrico;

II. Salvaguardar el acceso al servicio público de energía eléctrica a través de la generación, transmisión, distribución, comercialización, suministro eléctrico, la proveeduría de insumos primarios para la industria eléctrica, así como las actividades auxiliares y conexas de la misma;

III. La importación, exportación, transporte, almacenamiento, compra y venta de gas natural, carbón y cualquier otro combustible necesario para la generación de electricidad;

IV. El desarrollo y ejecución de proyectos de ingeniería, investigación, actividades geológicas y geofísicas, supervisión, prestación de servicios a terceros, así como todas aquellas relacionadas con la generación, transmisión, distribución, comercialización y suministro eléctrico y demás actividades que forman parte de su objeto;

V. La investigación, desarrollo e implementación de fuentes de energía que le permitan cumplir con su objeto, conforme a las disposiciones aplicables;

VI. La investigación y desarrollo tecnológicos requeridos para las actividades que realice en el sector eléctrico, la comercialización de productos y servicios tecnológicos resultantes de la investigación, así como la formación de recursos humanos altamente especializados;

VII. El aprovechamiento y administración de inmuebles, de la propiedad industrial y la tecnología de que disponga y que le permita la prestación o provisión de cualquier servicio adicional tales como, construcción, arrendamiento, mantenimiento y telecomunicaciones. La Comisión Federal de Electricidad puede avalar y otorgar garantías en favor de sus empresas filiales y fideicomisos;

VIII. La adquisición, tenencia o participación en la composición accionaria de sociedades con objeto similar, análogo o compatible con su propio objeto;

IX. Coadyuvar en la preservación de la seguridad y autosuficiencia energética de la Nación, y la seguridad nacional;

X. Procurar al pueblo de los Estados Unidos Mexicanos de la electricidad al menor precio posible y evitar el lucro en la provisión del servicio, para garantizar la seguridad nacional y soberanía energética;

XI. Contribuir en la provisión del servicio de Internet y telecomunicaciones, y XII. Las demás actividades necesarias para el cumplimiento de su objeto.

La Comisión Federal de Electricidad puede llevar a cabo las actividades a que se refiere este artículo en el país o en el extranjero. Las actividades distintas a la transmisión y distribución de energía eléctrica pueden ser realizadas de manera directa o indirecta por la Comisión Federal de Electricidad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 8 de Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad?

La Comisión Federal de Electricidad presta de manera directa el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica. Asimismo, puede llevar a cabo las actividades siguientes: I. La generación y…

¿Está vigente el artículo 8?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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