Artículo 7 de Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.- La Comisión Federal de Electricidad, en la ejecución de su objeto, se rige por los principios de transparencia, honestidad, eficiencia, equidad, sostenibilidad, rendición de cuentas y responsabilidad social para procurar que se provea al pueblo de los Estados Unidos Mexicanos de la electricidad al menor precio posible y contribuir con ello al desarrollo nacional.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.