Artículo 103 de Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 103.- Petróleos Mexicanos no está sujeto a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, por lo que deben aplicarse las normas internacionales de información financiera.
Petróleos Mexicanos tiene una contabilidad integrada como empresa pública del Estado y para identificar cada etapa de las actividades que desarrolla, debe implementar su contabilidad por segmentos, al interior de la entidad, con la finalidad de transparentar sus costos y precios.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.