Ley federal

Artículo 47 de Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos

Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 47.- El Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obras es presidido por una persona consejera independiente de manera rotatoria anual, y lo integran al menos las personas titulares de las Secretarías de Energía y de Hacienda y Crédito Público, y tiene a su cargo las siguientes funciones:

I. Formular recomendaciones a la persona titular de la Dirección General sobre aspectos concretos que puedan incluirse en las políticas y disposiciones que, en materia de contrataciones, proponga al Consejo de Administración;

II. Opinar sobre las propuestas que la persona titular de la Dirección General presente respecto a las políticas y disposiciones en materia de contrataciones;

III. Formular opiniones, a solicitud del Consejo de Administración, sobre las contrataciones que se sometan a consideración de éste, en términos de las disposiciones aplicables;

IV. Dar seguimiento a las adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras que, en términos de la fracción IX del artículo 16 de esta Ley, hayan sido autorizadas por el Consejo de Administración;

V. Aprobar los casos en que proceda la excepción a concurso abierto para que Petróleos Mexicanos contrate con sus empresas filiales;

VI. Revisar los programas anuales de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras, y formular las recomendaciones que estime pertinentes al Consejo de Administración, y VII. Las demás que determine el Consejo de Administración.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 47 de Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos?

El Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obras es presidido por una persona consejera independiente de manera rotatoria anual, y lo integran al menos las personas titulares de las Secretarías de Energía y…

¿Está vigente el artículo 47?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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