Artículo 56 de Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 56.- La Auditoría Interna depende del Consejo de Administración, por conducto de su Comité de Auditoría y es la instancia ejecutora de este. Actúa conforme a las políticas que determine el Comité de Auditoría y revisa periódicamente, mediante los procedimientos de auditoría que se determinen, que las políticas, normas y controles establecidos por el Consejo de Administración para el correcto funcionamiento de Petróleos Mexicanos y, en su caso, empresas filiales, se apliquen de manera adecuada, así como de verificar el correcto funcionamiento del sistema de control interno.
El Consejo de Administración debe garantizar la independencia de la Auditoría Interna respecto de las áreas y unidades administrativas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.