Artículo 8 de Ley de la Guardia Nacional
Ley de la Guardia Nacional · Última reforma de referencia: 17-11-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 8. La Guardia Nacional regirá su actuación por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
Capítulo III Atribuciones y Obligaciones de la Guardia Nacional
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.