Artículo 87 de Ley de la Guardia Nacional
Ley de la Guardia Nacional · Última reforma de referencia: 17-11-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 87. La Coordinación Operativa Interinstitucional coadyuvará en la coordinación y colaboración estratégica entre las dependencias de la Administración Pública Federal y la Guardia Nacional.
Capítulo II De la Coordinación y Colaboración con las Entidades Federativas y Municipios
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.