Ley federal

Artículo 42 de Ley de Minería

Ley de Minería · Última reforma de referencia: 08-05-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 42.- Las concesiones mineras se deben cancelar por:

Párrafo reformado DOF 08-05-2023 I.- Terminación de su vigencia;

II. Derogada.

Fracción derogada DOF 08-05-2023 III. No realizar, oportunamente, los pagos de las contribuciones por dos ejercicios consecutivos;

Fracción reformada DOF 28-04-2005, 08-05-2023 IV. No presentar los Informes a que está obligada la persona concesionaria en términos de esta Ley y su Reglamento por dos años consecutivos o cinco años no consecutivos;

Fracción reformada DOF 08-05-2023 V. Resolución judicial;

Fracción reformada DOF 08-05-2023 VI. No iniciar los trabajos correspondientes en el plazo de un año contado a partir de la vigencia de la concesión o asignación;

Fracción adicionada DOF 08-05-2023 VII. No realizar los trabajos objeto de la concesión en un periodo de dos años consecutivos;

Fracción adicionada DOF 08-05-2023 VIII. No presentar ante la Secretaría el Plan de Cierre de Mina dentro de los dos años y hasta un año previos al cierre de operaciones;

Fracción adicionada DOF 08-05-2023 IX. No contar con la concesión de agua para uso industrial en la minería vigente;

Fracción adicionada DOF 08-05-2023 X. La existencia de riesgo inminente de desequilibrio ecológico, o de daño o deterioro irreversible a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes, sistemas hidrológicos superficiales o subterráneos, o para la salud pública, de conformidad con las disposiciones aplicables a la materia, y Fracción adicionada DOF 08-05-2023 XI. Cometer alguna de las infracciones señaladas en el artículo 55 de esta Ley.

Fracción adicionada DOF 08-05-2023 En caso de los supuestos previstos en la fracción X de este artículo y en la fracción XVII del artículo 55 de esta Ley, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales notificará a la persona concesionaria la configuración de los mismos, y le otorgará un plazo de tres meses para que realice las acciones de prevención o remediación conducentes, con el apercibimiento de que, de no hacerlo, la concesión se suspenderá por un término de seis meses.

Párrafo adicionado DOF 08-05-2023 Dictada la suspensión, la persona concesionaria debe realizar las acciones de prevención o remediación conducentes en el periodo señalado; de no hacerlo, la concesión se cancelará.

Párrafo adicionado DOF 08-05-2023

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 42 de Ley de Minería?

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¿Está vigente el artículo 42?

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