Ley federal

Artículo 48 de Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Ley de Navegación y Comercio Marítimos · Última reforma de referencia: 07-12-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 48.- Con respeto a las disposiciones internacionales señaladas en el artículo 46 de esta Ley, para hacerse a la mar, toda embarcación requerirá de un despacho de salida del puerto, de conformidad con las siguientes normas:

I. Será expedido por la capitanía de puerto, previo requerimiento de la documentación que establezca el reglamento respectivo, sin que los requisitos en él señalados sean superiores a los que dispongan los Tratados Internacionales. Dicho reglamento establecerá un régimen simplificado para las embarcaciones menores;

Fracción reformada DOF 19-12-2016 II. Se expedirán antes de la hora de zarpe, una vez que haya finalizado la carga y las operaciones complementarias realizadas en puerto; y III. Quedarán sin efecto si no se hiciese uso de ellos, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su expedición, salvo autorización justificada que expresamente emita la capitanía de puerto.

Fracción reformada DOF 19-12-2016 No se considerará despacho de salida, la autorización otorgada por la capitanía de puerto cuando por razones de fuerza mayor, las embarcaciones deban salir del puerto por razón de seguridad.

Párrafo reformado DOF 19-12-2016

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 48 de Ley de Navegación y Comercio Marítimos?

Con respeto a las disposiciones internacionales señaladas en el artículo 46 de esta Ley, para hacerse a la mar, toda embarcación requerirá de un despacho de salida del puerto, de conformidad con las siguientes normas:…

¿Está vigente el artículo 48?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-12-2020. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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