Ley federal

Artículo 122 de Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles

Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 122.- El Premio Nacional de la Cerámica se concederá en las siguientes categorías:

I.- Cerámica contemporánea;

II.- Alfarería vidriada sin plomo;

III.- Cerámica tradicional;

IV.- Escultura en cerámica;

V.- Cerámica en miniatura;

VI.- Cerámica navideña, y VII.- Figura en arcilla.

Artículo adicionado DOF 15-06-2004. Reformado DOF 30-06-2006

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 122 de Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles?

El Premio Nacional de la Cerámica se concederá en las siguientes categorías: I.- Cerámica contemporánea; II.- Alfarería vidriada sin plomo; III.- Cerámica tradicional; IV.- Escultura en cerámica; V.- Cerámica en…

¿Está vigente el artículo 122?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 01-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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