Artículo 17 de Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles
Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 17.- Para ser miembro de un Jurado se requiere:
I.- Ser ciudadano mexicano;
II.- Tener un modo honesto de vivir;
III.- Haber destacado por sus cualidades cívicas;
IV.- Tener la calificación técnica o científica necesaria, cuando la naturaleza del premio así lo requiera.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.