Ley federal

Artículo 17 de Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles

Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 17.- Para ser miembro de un Jurado se requiere:

I.- Ser ciudadano mexicano;

II.- Tener un modo honesto de vivir;

III.- Haber destacado por sus cualidades cívicas;

IV.- Tener la calificación técnica o científica necesaria, cuando la naturaleza del premio así lo requiera.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 17 de Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles?

Para ser miembro de un Jurado se requiere: I.- Ser ciudadano mexicano; II.- Tener un modo honesto de vivir; III.- Haber destacado por sus cualidades cívicas; IV.- Tener la calificación técnica o científica necesaria,…

¿Está vigente el artículo 17?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 01-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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