Artículo 55 de Ley de Tesorería de la Federación
Ley de Tesorería de la Federación · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 55.- Para efectos del procedimiento a que se refiere el artículo anterior, a falta de disposición expresa y en los casos en que no se contraponga, se aplicará supletoriamente la Ley Federal de Procedimiento Administrativo respecto a las cuestiones procedimentales y el Código Fiscal de la Federación respecto a los conceptos fiscales.
CAPÍTULO III DE LAS INFRACCIONES Y MEDIDAS DE APREMIO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.