Ley federal

Artículo 60 de Ley del Impuesto sobre la Renta

Ley del Impuesto sobre la Renta · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 60. Para los efectos de este Capítulo, se consideran sociedades integradoras las que reúnan los siguientes requisitos:

I. Que se trate de una sociedad residente en México.

II. Que sea propietaria de más del 80% de las acciones con derecho a voto de otra u otras sociedades integradas, inclusive cuando dicha propiedad se tenga por conducto de otras sociedades que a su vez sean integradas de la misma sociedad integradora.

III. Que en ningún caso más del 80% de sus acciones con derecho a voto sean propiedad de otra u otras sociedades, salvo que dichas sociedades sean residentes en algún país con el que se tenga acuerdo amplio de intercambio de información. Para estos efectos, no se computarán las acciones que se coloquen entre el gran público inversionista, de conformidad con las reglas que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria.

Para los efectos de este Capítulo, no se consideran como acciones con derecho a voto, aquéllas que lo tengan limitado y las que, en los términos de la legislación mercantil, se denominen acciones de goce. Tratándose de sociedades que no sean por acciones se considerará el valor de las partes sociales.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 60 de la Ley del Impuesto sobre la Renta define qué se entiende por sociedades integradoras. Para ser consideradas como tales, deben cumplir con ciertos requisitos específicos.

  • La sociedad debe ser residente en México.
  • Debe poseer más del 80% de las acciones con derecho a voto de otras sociedades integradas, incluso si esta propiedad se tiene a través de otras sociedades integradas.
  • No puede haber más del 80% de sus acciones con derecho a voto en manos de otras sociedades, a menos que estas sean residentes en un país con un acuerdo de intercambio de información amplio.

Además, no se cuentan como acciones con derecho a voto aquellas que tengan limitaciones o que se clasifiquen como acciones de goce según la legislación mercantil. En el caso de sociedades que no sean por acciones, se considerará el valor de las partes sociales.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 60 de Ley del Impuesto sobre la Renta?

El artículo 60 de la Ley del Impuesto sobre la Renta define qué se entiende por sociedades integradoras. Para ser consideradas como tales, deben cumplir con ciertos requisitos específicos. La sociedad debe ser residente en México. Debe poseer más del 80% de las acciones con…

¿Está vigente el artículo 60?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 01-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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