Ley federal

Artículo 64 de Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores · Última reforma de referencia: 30-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 64.- El Instituto no podrá intervenir en la administración, operación o mantenimiento de conjuntos habitacionales, ni sufragar los gastos correspondientes a estos conceptos.

Artículo reformado DOF 07-01-1982, 06-01-1997

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 64 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores establece que el Instituto no tiene la facultad de involucrarse en la administración, operación o mantenimiento de los conjuntos habitacionales. Esto significa que no puede hacerse cargo de las actividades diarias o de los costos asociados a estas tareas.

En resumen, el Instituto se limita a su función principal y no asume responsabilidades en la gestión de los espacios donde habitan los trabajadores. Esto asegura que la administración de los conjuntos habitacionales quede en manos de sus respectivos administradores o propietarios.

  • No puede intervenir en la administración de conjuntos habitacionales.
  • No se ocupa de la operación de estos conjuntos.
  • No sufraga gastos de mantenimiento.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 64 de Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores?

El artículo 64 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores establece que el Instituto no tiene la facultad de involucrarse en la administración, operación o mantenimiento de los conjuntos habitacionales. Esto significa que no puede hacerse…

¿Está vigente el artículo 64?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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