Ley federal

Artículo 70 de Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores · Última reforma de referencia: 30-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 70.- El Instituto no será sujeto de contribuciones federales, salvo los derechos de carácter federal correspondientes a la prestación de servicios públicos. El Instituto cubrirá el pago de los impuestos y derechos de carácter municipal, en las mismas condiciones en que deben pagar los demás causantes.

Artículo adicionado DOF 06-01-1997

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 70 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores establece que el Instituto no tiene que pagar contribuciones federales, excepto por los derechos relacionados con la prestación de servicios públicos. Esto significa que, en general, el Instituto está exento de impuestos federales, pero debe cumplir con las obligaciones fiscales a nivel municipal.

En resumen, el Instituto:

  • No paga contribuciones federales.
  • Solo cubre derechos por servicios públicos federales.
  • Es responsable de impuestos y derechos municipales como cualquier otro contribuyente.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 70 de Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores?

El artículo 70 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores establece que el Instituto no tiene que pagar contribuciones federales, excepto por los derechos relacionados con la prestación de servicios públicos. Esto significa que, en general,…

¿Está vigente el artículo 70?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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