Artículo 112 de Ley del Sector Eléctrico
Ley del Sector Eléctrico · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 112. Las Reglas del Mercado deben establecer procedimientos que permitan realizar, al menos, transacciones de compraventa de:
I. Energía eléctrica;
II. Servicios Conexos que se incluyan en el Mercado Eléctrico Mayorista;
III. Potencia o cualquier otro producto que garantice la suficiencia de recursos para satisfacer la demanda eléctrica;
IV. Los productos anteriores, vía importación o exportación;
V. Derechos Financieros de Transmisión;
VI. Certificados de Energías Limpias, y VII. Los demás productos, derechos de cobro y penalizaciones que se requieran para el funcionamiento eficiente del Sistema Eléctrico Nacional.
Asimismo, las Reglas del Mercado deben establecer los requisitos mínimos para ser Participante del Mercado, determinar los derechos y obligaciones de los Participantes del Mercado y definir mecanismos para la resolución de controversias.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.