Ley federal

Artículo 160 de Ley del Sector Eléctrico

Ley del Sector Eléctrico · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 160. La determinación y aplicación de las metodologías y tarifas referidas en el artículo anterior tienen como objetivos, entre otros:

I. Promover el desarrollo eficiente del sector eléctrico, garantizar la Continuidad de los servicios, evitar la discriminación indebida, promover el acceso abierto a la Red Nacional de Transmisión y a las Redes Generales de Distribución cuando sea técnicamente factible y proteger los intereses de los Participantes del Mercado y de las Usuarias Finales;

II. Determinar Tarifas Reguladas de los servicios regulados de transmisión y distribución que permitan obtener el ingreso necesario para recuperar los costos de operación, mantenimiento, financiamiento, inversión, ampliación, modernización, expansión, investigación y desarrollo tecnológico y depreciación aplicables a las diversas modalidades del Servicio Público de Transmisión y Distribución, las pérdidas técnicas y no técnicas de acuerdo con el estándar determinado por la CNE, los impuestos aplicables y un retorno razonable;

III. Determinar Tarifas Reguladas para la Suministradora de Servicios Básicos que le permitan obtener el ingreso necesario para recuperar los costos eficientes de operación, mantenimiento, financiamiento, inversión, depreciación, investigación y los impuestos aplicables para lograr el menor costo posible;

IV. Determinar tarifas máximas de las Suministradoras de Último Recurso que permitan obtener el ingreso estimado necesario para recuperar los costos eficientes de operación, mantenimiento, financiamiento y depreciación, los impuestos aplicables y una rentabilidad razonable, misma que no está garantizada, o bien, mediante procesos competitivos;

V. Permitir al CENACE obtener ingresos que garanticen una operación eficiente, e VI. Incentivar la provisión eficiente y suficiente de los Servicios Conexos no incluidos en el Mercado Eléctrico Mayorista.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 160 de Ley del Sector Eléctrico?

La determinación y aplicación de las metodologías y tarifas referidas en el artículo anterior tienen como objetivos, entre otros: I. Promover el desarrollo eficiente del sector eléctrico, garantizar la Continuidad de…

¿Está vigente el artículo 160?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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