Artículo 67 de Ley del Sector Eléctrico
Ley del Sector Eléctrico · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 67. La CNE debe establecer los requisitos y montos mínimos de Contratos de Cobertura Eléctrica que las Suministradoras deben celebrar relativos a la energía eléctrica y Productos Asociados que suministran a los Centros de Carga que representan, y verificar su cumplimiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.