Artículo 267 de Ley del Seguro Social
Ley del Seguro Social · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 267.- El Director General será nombrado por el Presidente de la República debiendo ser mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
Artículo reformado DOF 23-01-1998
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.