Artículo 28 de Ley del Servicio Exterior Mexicano
Ley del Servicio Exterior Mexicano · Última reforma de referencia: 19-04-2018 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 28.- El proceso para ingresar como Miembro del Servicio Exterior de carrera se realizará por oposición, mediante concursos públicos preferentemente anuales, que serán organizados en etapas eliminatorias y deberán contemplar, al menos, los siguientes elementos:
Párrafo reformado DOF 25-01-2002, 19-04-2018 I. Examen de cultura general orientado a las relaciones internacionales, en el caso de la rama Diplomático-Consular, y examen de conocimientos generales, en el caso de la rama Técnico-Administrativa;
Fracción reformada DOF 19-04-2018 II. Examen de español;
III. Exámenes para comprobar el dominio del idioma inglés y la capacidad para traducir alguno de los otros idiomas oficiales de la Organización de las Naciones Unidas, así como de aquéllos que determine la Subcomisión de Ingreso;
Fracción reformada DOF 25-01-2002, 19-04-2018 IV. Elaboración de un ensayo sobre un tema de actualidad en política exterior, en el caso de la rama Diplomático-Consular;
Fracción reformada DOF 19-04-2018 V. Entrevistas;
Fracción reformada DOF 25-01-2002 VI. Exámenes médicos y psicológicos;
Fracción adicionada DOF 25-01-2002 VII. Cursos especializados en el Instituto Matías Romero, cuya duración no excederá de seis meses, y Fracción adicionada DOF 25-01-2002 VIII. Un periodo de experiencia práctica en la Secretaría cuya duración no excederá de seis meses.
Fracción adicionada DOF 25-01-2002 La Subcomisión de Ingreso evaluará la importancia y la actualidad de los elementos antes mencionados.
Párrafo adicionado DOF 19-04-2018 La Subcomisión de Ingreso fomentará la participación de las mujeres en los procesos de ingreso y adoptará metodologías y mecanismos que tiendan a favorecer la paridad de género en el Servicio Exterior.
Párrafo adicionado DOF 19-04-2018
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.