Artículo 60 de Ley del Servicio Postal Mexicano
Ley del Servicio Postal Mexicano · Última reforma de referencia: 19-01-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 60.- Los remitentes se considerarán propietarios de la correspondencia y envíos, mientras éstos permanezcan en poder de la oficina postal.
CAPITULO XX Derechos de los destinatarios
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.