Artículo 66 de Ley del Servicio Postal Mexicano
Ley del Servicio Postal Mexicano · Última reforma de referencia: 19-01-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 66.- La venta de estampillas postales al público por parte de particulares, requerirá autorización del Organismo en los términos de las disposiciones reglamentarias.
CAPITULO XXIII De los Agentes
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.