Artículo 66 de Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica
Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica · Última reforma de referencia: 01-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 66.- El ejercicio de las funciones del Instituto corresponde, en el ámbito de sus respectivas competencias, a la Junta de Gobierno y al Presidente del Instituto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.