Artículo 52 de Ley Federal de Cinematografía
Ley Federal de Cinematografía · Última reforma de referencia: 22-03-2021 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 52. La facultad de imponer las sanciones establecidas en esta Ley compete a la Secretaría de Cultura y a la Secretaría de Gobernación, sin perjuicio de aquéllas que corresponda imponer a las demás dependencias de la Administración Pública Federal.
Artículo adicionado DOF 28-04-2010. Reformado DOF 17-12-2015
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.