Artículo 4o de Ley Federal de Correduría Pública
Ley Federal de Correduría Pública · Última reforma de referencia: 09-04-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 4o.- Para efectos de la presente ley, el territorio nacional se divide en plazas: una por cada estado y otra por el Distrito Federal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.