Artículo 32 de Ley Federal de Defensoría Pública
Ley Federal de Defensoría Pública · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 32. La persona titular de la Dirección General del Instituto Federal de Defensoría Pública tendrá las atribuciones siguientes:
Párrafo reformado DOF 17-06-2016, 11-05-2022 I. Organizar, dirigir, evaluar y controlar los servicios de defensoría pública que preste el Instituto Federal de Defensoría Pública, así como sus unidades administrativas;
II. Dar seguimiento a los asuntos penales cuya defensa esté a cargo de la defensoría pública federal, mediante el sistema que corresponda;
Fracción reformada DOF 17-06-2016, 11-05-2022 III. Particularmente dar seguimiento a los asuntos penales que se estén asistiendo por la defensoría pública federal a efecto de conocer si las personas procesadas o imputadas con derecho a libertad caucional o medida cautelar distinta a la prisión preventiva están haciendo uso de esa prerrogativa, si cumplen con la obligación de presentarse en los plazos fijados, así como si los procesos se encuentran suspendidos o ha transcurrido el término de prescripción de la acción penal;
Fracción adicionada DOF 17-06-2016. Reformada DOF 11-05-2022 IV. Enviar las quejas que se presenten contra las defensoras y los defensores públicos, así como las presentadas contra las asesoras y los asesores jurídicos al Consejo de la Judicatura Federal, para que éste investigue la probable responsabilidad de las y los empleados del Instituto Federal de Defensoría Pública;
Fracción reformada y recorrida DOF 17-06-2016. Reformada DOF 11-05-2022 V. Vigilar que se cumplan todas y cada una de las obligaciones impuestas a las defensoras y defensores públicos, así como a las asesoras y asesores jurídicos; determinando, si han incurrido en alguna causal de responsabilidad por parte de éstos o de las personas trabajadoras del Instituto Federal de Defensoría Pública;
Fracción recorrida DOF 17-06-2016. Reformada DOF 11-05-2022 VI. Proponer a la Junta Directiva las políticas que estime convenientes para la mayor eficacia de la defensa de las personas inculpadas;
Fracción recorrida DOF 17-06-2016. Reformada DOF 11-05-2022 VII. Proponer a la Junta Directiva las bases generales de organización y funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública, incluyendo los objetivos estratégicos y los indicadores clave del desempeño para la evaluación y rendición de cuentas del Instituto;
Fracción reformada y recorrida DOF 17-06-2016 VIII. Se deroga.
Fracción derogada y recorrida DOF 17-06-2016 IX. Promover y fortalecer las relaciones del Instituto Federal de Defensoría Pública con las instituciones públicas, sociales y privadas que por la naturaleza de sus funciones puedan colaborar al cumplimiento de sus atribuciones;
Fracción recorrida DOF 17-06-2016 X. Proponer a la Junta Directiva el proyecto de Plan Anual de Capacitación y estímulos del Instituto Federal de Defensoría Pública; así como un programa de difusión de los servicios del Instituto;
Fracción reformada y recorrida DOF 17-06-2016 XI. Elaborar un informe anual de labores sobre las actividades integrales desarrolladas por todos y cada una de las defensorías públicas y asesorías jurídicas que pertenezcan al Instituto Federal de Defensoría Pública, el cual deberá ser publicado;
Fracción recorrida DOF 17-06-2016. Reformada DOF 11-05-2022 XII. Elaborar la propuesta de anteproyecto de presupuesto que se someta a la consideración de la Junta Directiva, y Fracción recorrida DOF 17-06-2016 XIII. Las demás que sean necesarias para cumplir con el objeto de esta Ley.
Fracción recorrida DOF 17-06-2016 CAPÍTULO IV De las Unidades Administrativas
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.