Ley federal

Artículo 209 de Ley Federal de Derechos

Ley Federal de Derechos · Última reforma de referencia: 23-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 209.- No se pagará el derecho de embarque o desembarque a que se refiere este capítulo, por las embarcaciones siguientes:

I. Las nacionales de guerra y las extranjeras en caso de reciprocidad.

II. Las civiles al servicio oficial de gobiernos extranjeros, en caso de reciprocidad.

III. Las dedicadas a la conservación o reparación de cables submarinos.

IV. Las dedicadas a fines humanitarios o científicos.

V. Las de arribo forzoso legalmente justificado, si no descargan o reciben definitivamente sus mercancías en el puerto.

VI. Las que deban ingresar en el puerto o permanecer atracados en el mismo por caso fortuito o fuerza mayor, o porque las autoridades así lo requieran por causa no imputable a las personas físicas o morales responsables de la embarcación.

VII. Las que lleguen para limpiar sus fondos, para ser reparadas o para matricularse, siempre que no efectúen operaciones comerciales.

VIII. Las nacionales dedicadas exclusivamente a la pesca comercial.

No pagarán el derecho de embarque o desembarque los pasajeros de embarcaciones que salen del puerto y regresan al mismo sin entrar a otro puerto.

Artículo derogado DOF 20-12-1991. Adicionado DOF 15-12-1995 Artículo 209-A.- (Se deroga).

Artículo derogado DOF 20-12-1991 Artículo 209-B.- (Se deroga).

Artículo derogado DOF 26-12-1990 Artículo 209-C.- (Se deroga).

Artículo adicionado DOF 26-12-1990. Derogado DOF 20-12-1991

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 209 de Ley Federal de Derechos?

No se pagará el derecho de embarque o desembarque a que se refiere este capítulo, por las embarcaciones siguientes: I. Las nacionales de guerra y las extranjeras en caso de reciprocidad. II. Las civiles al servicio…

¿Está vigente el artículo 209?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 23-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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