Artículo 32 de Ley Federal de Derechos
Ley Federal de Derechos · Última reforma de referencia: 23-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 32. Cada entidad que pertenezca al sector de sociedades controladoras de grupos financieros, entendiéndose como tales a las sociedades controladoras previstas en la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, pagará anualmente el derecho de inspección y vigilancia conforme a la cuota de $510,716.74 Artículo reformado DOF 28-12-1989, 20-12-1991, 18-12-1992, 03-12-1993, 15-12-1995. Derogado DOF 30-12-1996. Adicionado DOF 01-01-2002. Reformado DOF 01-12-2004, 24-12-2007. Derogado DOF 18-11-2010. Adicionado DOF 12-12-2011
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.