Artículo 52 de Ley Federal de Derechos
Ley Federal de Derechos · Última reforma de referencia: 23-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 52. Por los servicios de análisis de laboratorios derivados del cumplimiento de las obligaciones aduaneras, relativas a mercancías estériles, radioactivas o peligrosas, o bien, a consultas sobre clasificación arancelaria, establecidas en la Ley Aduanera, se pagarán por cada muestra analizada, la cuota de: $5,849.84 Artículo reformado DOF 01-01-2002, 01-12-2004 Sección Cuarta Registro Federal de Vehículos
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.