Ley federal

Artículo 18 de Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil

Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 18. Para ser inscritas en el Registro, las organizaciones deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Presentar una solicitud de registro;

II. Exhibir su acta constitutiva en la que conste que tienen por objeto social, realizar alguna de las actividades consideradas objeto de fomento, conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de esta ley;

III. Prever en su acta constitutiva o en sus estatutos vigentes, que destinarán los apoyos y estímulos públicos que reciban, al cumplimiento de su objeto social;

IV. Estipular en su acta constitutiva o en sus estatutos, que no distribuirán entre sus asociados remanentes de los apoyos y estímulos públicos que reciban y que en caso de disolución, transmitirán los bienes obtenidos con dichos apoyos y estímulos, a otra u otras organizaciones cuya inscripción en el Registro se encuentre vigente, de acuerdo con lo previsto en la fracción VIII del artículo 7 de esta ley;

V. Señalar su domicilio legal;

VI. Informar al Registro la denominación de las Redes de las que formen parte, así como cuando deje de pertenecer a las mismas, y VII. Presentar copia simple del testimonio notarial que acredite la personalidad y ciudadanía de su representante legal.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 18 de Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil?

Para ser inscritas en el Registro, las organizaciones deberán cumplir con los siguientes requisitos: I. Presentar una solicitud de registro; II. Exhibir su acta constitutiva en la que conste que tienen por objeto…

¿Está vigente el artículo 18?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 01-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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