Ley federal

Artículo 109 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional · Última reforma de referencia: 18-02-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 109.- Al resolverse que una declaración de huelga es legal, el Tribunal a petición de las autoridades correspondientes y tomando en cuenta las pruebas presentadas, fijará el número de trabajadores que los huelguistas estarán obligados a mantener en el desempeño de sus labores, a fin de que continúen realizándose aquellos servicios cuya suspensión perjudique la estabilidad de las instituciones, la conservación de las instalaciones o signifique un peligro para la salud pública.

TITULO QUINTO De los Riesgos Profesionales y de las Enfermedades no Profesionales CAPITULO I

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 109 se refiere a lo que sucede cuando se declara una huelga como legal. En este caso, el Tribunal tiene la responsabilidad de determinar cuántos trabajadores deben seguir laborando durante la huelga. Esta decisión se toma a solicitud de las autoridades y se basa en las pruebas presentadas.

El objetivo de esta medida es asegurar que ciertos servicios esenciales continúen operando. Esto es importante para evitar que la suspensión de estos servicios afecte la estabilidad de las instituciones, la conservación de las instalaciones o que represente un riesgo para la salud pública.

  • El Tribunal fija el número de trabajadores que deben laborar.
  • Se considera la estabilidad de las instituciones.
  • Se protege la salud pública y la conservación de instalaciones.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 109 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional?

El artículo 109 se refiere a lo que sucede cuando se declara una huelga como legal. En este caso, el Tribunal tiene la responsabilidad de determinar cuántos trabajadores deben seguir laborando durante la huelga. Esta decisión se toma a solicitud de las autoridades y se basa en…

¿Está vigente el artículo 109?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 18-02-2022. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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