Ley federal

Artículo 133 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional · Última reforma de referencia: 18-02-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 133.- En la audiencia sólo se aceptarán las pruebas ofrecidas previamente, a no ser que se refieran a hechos supervenientes en cuyo caso se dará vista a la contraria, o que tengan por objeto probar las tachas contra testigo, o se trate de la confesional, siempre y cuando se ofrezcan antes de cerrarse la audiencia.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 133 establece que durante una audiencia, solo se pueden presentar las pruebas que se hayan ofrecido con anterioridad. Sin embargo, hay excepciones a esta regla. Se pueden aceptar pruebas que se relacionen con hechos que hayan ocurrido después de la presentación inicial de pruebas. En estos casos, se debe informar a la parte contraria sobre estas pruebas.

Además, se permite la presentación de pruebas que busquen descalificar a un testigo o que sean de tipo confesional, siempre que se ofrezcan antes de que la audiencia concluya.

  • Pruebas aceptadas: solo las ofrecidas previamente.
  • Excepciones: hechos supervenientes, tachas contra testigos y confesionales.
  • Notificación: la parte contraria debe ser informada de las pruebas nuevas.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 133 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional?

El artículo 133 establece que durante una audiencia, solo se pueden presentar las pruebas que se hayan ofrecido con anterioridad. Sin embargo, hay excepciones a esta regla. Se pueden aceptar pruebas que se relacionen con hechos que hayan ocurrido después de la presentación…

¿Está vigente el artículo 133?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 18-02-2022. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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