Ley federal

Artículo 134 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional · Última reforma de referencia: 18-02-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 134.- Los trabajadores podrán comparecer por sí o por representantes acreditados mediante simple carta poder.

Los titulares podrán hacerse representar por apoderados que acrediten ese carácter mediante simple oficio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 134 establece las formas en que los trabajadores y titulares pueden comparecer ante las autoridades o en procedimientos relacionados con su trabajo. Los trabajadores tienen la opción de presentarse personalmente o hacerlo a través de representantes que estén debidamente acreditados mediante una carta poder simple.

Por otro lado, los titulares, que son aquellos que tienen la responsabilidad directa en la relación laboral, pueden ser representados por apoderados. Estos apoderados deben demostrar su capacidad para actuar en nombre del titular mediante un oficio simple que los acredite como tales.

  • Los trabajadores pueden comparecer por sí mismos o a través de representantes.
  • Los representantes deben estar acreditados con una carta poder simple.
  • Los titulares pueden ser representados por apoderados.
  • Los apoderados deben demostrar su carácter mediante un oficio simple.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 134 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional?

El artículo 134 establece las formas en que los trabajadores y titulares pueden comparecer ante las autoridades o en procedimientos relacionados con su trabajo. Los trabajadores tienen la opción de presentarse personalmente o hacerlo a través de representantes que estén…

¿Está vigente el artículo 134?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 18-02-2022. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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