Ley federal

Artículo 157 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional · Última reforma de referencia: 18-02-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 157.- Los miembros de la Comisión substanciadora que falten definitiva o temporalmente, serán suplidos por las personas que al efecto designen los mismos que están facultados para nombrarlos.

CAPITULO II

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 157 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado se refiere a la Comisión substanciadora, que es un órgano encargado de llevar a cabo ciertos procedimientos relacionados con los trabajadores. Este artículo establece que, en caso de que alguno de los miembros de esta Comisión falte, ya sea de manera definitiva o temporal, debe ser reemplazado por personas designadas por quienes tienen la autoridad para nombrarlos.

  • Los miembros de la Comisión pueden faltar por diversas razones.
  • El reemplazo debe ser designado por quienes tienen la facultad de nombrar a los miembros originales.

Esto asegura que la Comisión continúe funcionando adecuadamente, incluso si hay ausencias entre sus integrantes.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 157 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional?

El artículo 157 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado se refiere a la Comisión substanciadora, que es un órgano encargado de llevar a cabo ciertos procedimientos relacionados con los trabajadores. Este artículo establece que, en caso de que alguno de los…

¿Está vigente el artículo 157?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 18-02-2022. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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