Ley federal

Artículo 73 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional · Última reforma de referencia: 18-02-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 73.- El registro de un sindicato se cancelará por la disolución del mismo. La solicitud de cancelación podrá hacerse por persona interesada y el Tribunal.

Artículo reformado DOF 01-05-2019

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 73 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado establece que el registro de un sindicato se cancelará si dicho sindicato se disuelve. Esto significa que, si un sindicato deja de existir legalmente, su registro ante las autoridades también será anulado.

Además, se menciona que la solicitud para cancelar el registro puede ser presentada por una persona interesada o por el Tribunal. Esto implica que no solo los miembros del sindicato pueden solicitar la cancelación, sino que también las autoridades judiciales pueden intervenir en este proceso.

  • El registro de un sindicato se cancela por su disolución.
  • La solicitud de cancelación puede ser hecha por personas interesadas o por el Tribunal.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 73 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional?

El artículo 73 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado establece que el registro de un sindicato se cancelará si dicho sindicato se disuelve. Esto significa que, si un sindicato deja de existir legalmente, su registro ante las autoridades también será…

¿Está vigente el artículo 73?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 18-02-2022. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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